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Se prorrogan hasta el 2026 las Deducciones Fiscales por obras de mejora energética en viviendas.

Según aprobación llevada a cabo, en el último consejo de ministros celebrado en el 2024, las deducciones fiscales por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2026.

Con ello el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana intenta llegar al cumplimiento de los objetivos establecidos para la rehabilitación residencial.

Deducciones por obras que conlleven la reducción en la demanda de calefacción y refrigeración, consumo de energía primaria no renovable y calificación energética.

Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación y mejora en las que se obtenga una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración, según certificado de eficiencia energética de la vivienda. El porcentaje de deducción es de un máximo de 5.000 euros por vivienda.

Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras A o B. En este caso, debe tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación o mejora en las que se reduzca al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética A o B, en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un máximo de 7.500 euros por vivienda.

Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras A o B en edificios residenciales para actuaciones de mejora que afecten al conjunto del edificio. Podrán acogerse las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras de mejora o rehabilitación en las que se obtenga una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética A o B, en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un máximo de 15.000 euros por vivienda.